Atención VIRTUAL Estudiantes

A partir de ahora tus trámites se atenderán a través de los formularios específicos.
Ingresa y lee cuál es el que te corresponde enviar, según tu situación académica. Eso te lo indica la normativa, el artículo del Reglamento Académico Institucional.
MATRICULACIÓN: ABIERTO hasta el 30 de abril a las 24 hs
Formularios Descripción
Solicitud de ADSCRIPCIONES o AYUDANTÍAS
La validez de todo lo realizado en lo solicitado se certificará cuando se presenten los originales de la documentación que se adjuntará, cuando se reanuden las actividades presenciales en el Instituto. 
ASISTENCIA TÉCNICA
Solicitar ALTA en Aula Virtual del Campus del IES
RENUNCIA A REGULARIDAD
Artículo 74: Se establece que el/la estudiante podrá recursar la unidad/espacio curricular entre otras situaciones, por decisión propia, renunciando a la regularidad obtenida en esa unidad/espacio curricular.
CONSULTAS GESTIÓN ASUNTOS ESTUDIANTILES
Desde aquí podés enviar tus consultas o dudas respecto a tu situación
administrativo-académica en tu carrera. En primera instancia lo tratará Sector Bedelía o será derivado si corresponde, a la Coordinación de carrera o a la Vicerrectoría de Asuntos estudiantiles y administrativos.
BIENESTAR ESTUDIANTIL
Consultas sobre BECAS o Temas de Bienestar Estudiantil (Grupo de Facebook)
MATRICULACIÓN
El Artículo 76 establece que los y las estudiantes perderán la condición de regular en la carrera por diversas razones. Si el estudiante decidiera NO CURSAR en el presente ciclo lectivo deberá completar este formulario de MATRICULACIÓN. –(ABIERTO hasta el 30 de abril a las 24 hs)-
RE-ADMISIONES
Artículo 77: Un/a estudiante podrá solicitar la readmisión cuando no haya acreditado ninguna unidad/espacio curricular en el año académico inmediatamente anterior. La misma podrá ser requerida hasta 3 (tres) veces consecutivas o alternadas.
EXTENSIÓN de Carrera

DURACIÓN DE LAS CARRERAS. (Carreras docentes: cohortes 2011 y cohorte 2012  /  Carreras técnicas: cohortes 2013 y cohorte 2014)

Artículo 114: El/la estudiante tiene como plazo máximo para obtener su título, el doble del tiempo de duración de la carrera estipulado por el plan de estudio.
Artículo 116: Ante el pedido de extensión de carrera, el estudiante deberá acreditar la/las unidades/espacios curriculares adeudadas en el tiempo otorgado, el que no deberá exceder el término de 2 (dos) años académicos consecutivos.

Pedido de MESAS ESPECIALES
Artículo 80: Se constituirán mesas especiales de exámenes finales a solicitud de los/as interesados/as cuando sólo le resten 3 (tres) unidades/espacios curriculares por acreditar para finalizar sus estudios.
Pedido de EQUIVALENCIAS
Artículo 95: Las equivalencias, como modo de acreditación de saberes y capacidades, reconocen los aprendizajes de Nivel Superior ya realizados por los/as estudiantes como equiparables a los propuestos en la unidad curricular por la que se solicita acreditación por equivalencia.